Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

comisión especial de sugerencias y reclamaciones

Sublema de comisión2
Adm. Comisión cuya función principal es la defensa de los derechos de los vecinos, estudiando y respondiendo sus reclamaciones y propuestas. Debe establecerse obligatoriamente en los municipios de gran población y potestativamente puede ser establecida en otros ayuntamientos.
LRBRL, art. 132. Es un órgano colegiado formado por representantes de todos los grupos políticos representados en el pleno de forma proporcional al número de sus miembros para la supervisión de la actividad de la administración municipal, al que todos los órganos de gobierno y de la administración municipal deben prestar colaboración.