Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

colaboración activa con las autoridades o sus agentes

Sublema de colaboración
Pen. Ayuda a las autoridades o sus agentes por parte de una persona implicada en un delito, bien para impedir su producción, bien para obtener pruebas decisivas para la identificación o captura de otros responsables o para impedir la actuación o el desarrollo de las organizaciones o asociaciones a las que haya pertenecido o con las que haya colaborado.
En el caso de delitos relativos a las drogas o de terrorismo, puede dar lugar a la atenuación de la pena si se cumplen también otras exigencias. CP, arts. 376 y 579.

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