cohecho pasivo impropio Sublema de cohecho pasivo, cohecho Pen. Cohecho de la autoridad o el funcionario público a cambio de realizar un acto propio de su cargo.CP, arts. 420. y 422.ArgentinaLey 11179, por la que se aprueba el Código Penal, publicada el 3-XI-1921ChileCódigo Penal, promulgado el 12-XI-1874ColombiaLey 599 de 2000, por la que se aprueba el Código Penal, Publicada en el Diario Oficial 44.097, el 24-VII-2000.Costa RicaLey 4573, de Código Penal, publicada en la Gaceta 257, el 15-XI-1970MéxicoCódigo Penal de la Federación, publicado en la Tercera Sección del Diario Oficial de la Federación, el 14-VIII-1931Referenciado desdeadmisión de dádivascohecho pasivocohecho pasivo propio