Diccionario panhispánico del español jurídico

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cognición de las causas

1. Can. Ejercicio de la actividad judicial que sirve al juez o al Tribunal de Justicia para conocer el objeto litigioso que ha sido descrito por las respectivas partes del proceso según sus propios puntos de vista.
La cognición de las causas se extiende desde el decreto de admisión de la demanda hasta la sentencia definitiva.
2. Can. Orden en que se conocen o han de conocerse las causas, acepción derivada de cuanto prescribe el Codex Iuris Canonici, c. 1548: «las causas se han de conocer siguiendo el mismo orden en que fueron propuestas y registradas».