Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

cláusula penal

Sublema de cláusula
1. Civ. Estipulación de tipo contractual por la que se impone al deudor una prestación especial en el caso de incumplimiento de la obligación o de que se cumpla de modo inadecuado. Normalmente consiste en la obligación de pagar una cantidad de dinero, tiene una función coercitiva y supone además la posibilidad, en caso de incumplimiento, de pedir, además de la pena, los daños y perjuicios.
«El juez modificará equitativamente la pena cuando la obligación principal hubiera sido en parte o irregularmente cumplida por el deudor» (facultad de moderación recogida en el artículo 1154 del CC). CCCN, art. 790.
2. Merc. En los contratos mercantiles, cuando se haya estipulado una cláusula penal el perjudicado puede solicitar del incumplidor bien el cumplimiento del contrato o bien la pena. Salvo pacto en contrario, el ejercicio de una de estas acciones extingue la posibilidad de recurrir a la otra.
CCom, art. 56.

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