Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

cláusula de reciprocidad

Sublema de cláusula
1. Eur. Cláusula que condiciona el cumplimiento de obligaciones resultantes del derecho de la Unión Europea al cumplimiento de las mismas por todos o algunos de los demás Estados. Es cláusula contraria al derecho comunitario, que se puede aplicar en derecho internacional en otro orden de relaciones.
2. Int. púb. Exigencia que subordina el cumplimiento de un tratado a su observancia por la otra parte conforme al adagio inadimplenti non est adimplendum. Con carácter general, el derecho internacional limita tal posibilidad ciñéndola al supuesto de violación grave.
CVDT/CVDTEOI, art. 60.

Referenciado desde