Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

cláusula de gastos

Sublema de cláusula
Merc. En el contrato de préstamo o crédito bancario, condición general predispuesta por el banco que impone al consumidor todos los costes derivados de la concertación del contrato como consecuencia de la intervención notarial y registral y el pago de los tributos en los que el sujeto pasivo es el banco, como sucede en determinados hechos imponibles del impuesto de actos jurídicos documentados, así como los gastos preprocesales, procesales o de honorarios de abogado y procurador contratados por la entidad prestamista, en casos de incumplimiento de su obligación de pago.
Cuando se incluye en un contrato con un consumidor se declarará nula por abusiva si no supera los requisitos de proporcionalidad y transparencia material establecidos por el TJUE y el TS español. Sentencia n.º 705/2015, de 23 de diciembre, de Pleno de la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo.