Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

clasificación de los internos o de los penados

Sublema de clasificación
Pen. Acto efectuado por la Administración penitenciaria que sitúa a los internos en alguno de los grados penitenciarios. Corresponde el primer grado con el régimen cerrado, al que se aplican medidas de seguridad y control más estrictos; el segundo grado es el régimen ordinario, y el tercero es el régimen abierto que presenta distintas modalidades, la última de las cuales se corresponde con la libertad condicional.
LPEN, arts. 16 y 72. «Las tareas de observación, clasificación y tratamiento las realizarán los equipos cualificados de especialistas, cuya composición y funciones se determinarán en el estatuto orgánico de funcionarios. Dichos equipos contarán con la colaboración y participación de los ciudadanos y de instituciones o asociaciones públicas o privadas ocupadas en la resocialización de los reclusos» (LOGP, art. 69.1).

Sublemas