Diccionario panhispánico del español jurídico

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cierre de la investigación

Sublema de cierre
Proc.; Chile, Guat. y Hond. Acto realizado por el Ministerio Público una vez que ha practicado todas las diligencias de investigación necesarias para establecer el delito y la responsabilidad penal.
Debe ser puesto en conocimiento de todos los intervinientes. En Chile, el plazo máximo para el cierre de la investigación es de dos años, a no ser que el juez hubiese fijado un plazo judicial inferior, en cuyo caso el persecutor debe ceñirse a este. Código Procesal Penal, de Chile, art. 248.