- cierre de la investigación
- Proc.; Chile, Guat. y Hond. Acto realizado por el Ministerio Público una vez que ha practicado todas las diligencias de investigación necesarias para establecer el delito y la responsabilidad penal.Debe ser puesto en conocimiento de todos los intervinientes. En Chile, el plazo máximo para el cierre de la investigación es de dos años, a no ser que el juez hubiese fijado un plazo judicial inferior, en cuyo caso el persecutor debe ceñirse a este.
Código Procesal Penal, de Chile , art. 248.
Sublema de cierre