Diccionario panhispánico del español jurídico

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ciclo hidrológico

Sublema de ciclo
Adm. y Amb. Serie de fases por las que atraviesa el agua en sus distintos estados: sólido, líquido y gaseoso. Agrupa el camino de relación que siguen las aguas continentales superficiales, las aguas subterráneas renovables y la fase atmosférica de las aguas.
El ciclo hidrológico es el fundamento de la demanialización de las aguas subterráneas por la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas, que afecta solo a las aguas subterráneas «renovables con independencia del tiempo de renovación». La fase atmosférica del ciclo hidrológico solo podrá ser modificada artificialmente por la Administración del Estado o aquellos a quienes esta autorice. TRLA, arts. 1. 3, 2 a) y 3; RDPH, art. 3; Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20-VII, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, art. 1.