Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

charca

Adm. Depósito algo considerable de agua detenida en el terreno natural o artificialmente.
Si está situada en predio de propiedad privada, se considera parte integrante del mismo siempre que se destine a su servicio exclusivo. Si estaba inscrita en el Registro de la Propiedad en el momento de entrar en vigor la Ley 20/1985, de 2 de agosto, de Aguas, conserva el carácter dominical que en ese momento ostentara. TRLA, art. 10 y disposición adicional 1.ª.