Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

cesión de derechos contractuales

Sublema de cesión
Civ. Transmisión de algunos de los créditos y deudas derivados de un contrato, sin que se ceda la totalidad del mismo. Es válida la cesión de un crédito aunque no se notifique al deudor, pero la notificación es precisa para que el deudor pague al cedente.
CC, arts. 1112 y 1205.