Diccionario panhispánico del español jurídico

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cesión de crédito compensable

Sublema de cesión
Civ. Tipo de cesión que presenta la singularidad de que el crédito cedido puede extinguirse mediante compensación.
El deudor que hubiese consentido la cesión no puede oponerse a la compensación, pero si se opuso a la cesión, puede oponer al cesionario la compensación de las deudas anteriores a la cesión. Si la cesión se ha hecho sin conocimiento del deudor, este podrá oponer al cesionario la compensación de los créditos anteriores a la cesión y los posteriores hasta que el deudor se enteró de la cesión. CC, art. 1198 .