- cese del Gobierno
- Adm. y Const. Cese que se produce tras celebrarse las elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria y cuando dimite o fallece su presidente. Durante el tiempo en que el Gobierno está cesante, se ocupa solamente de los asuntos ordinarios y urgentes y no puede disolver las Cámaras, plantear cuestiones de confianza, convocar referéndum, ser objeto de mociones de censura, aprobar el proyecto de Ley de Presupuestos Generales, o presentar proyectos de ley a las Cámaras.
Sublema de cese1