Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

centro de intereses principales

Sublema de centro
Eur., Int. priv. y Merc. Lugar de administración habitual de los intereses de un sujeto, comprobable por terceros, presumiéndose en caso de persona jurídica que es el lugar de su domicilio social.
Los tribunales del Estado miembro de la Unión Europea en cuyo territorio se sitúe el centro de intereses principales del deudor serán los competentes para abrir el procedimiento de insolvencia principal del mismo. Reglamento (UE) 2015/848, de 20 de mayo, art. 3.