Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

cava calificado

Sublema de cava
Adm. Designación con la que un operador vitivinícola acogido a la Denominación de Origen Cava puede acompañar el etiquetado, presentación y publicidad de sus vinos, siempre que estos procedan de viñedos situados en un paraje característicamente identificado dentro de la zona geográfica de producción.
Ley 6/2015, de 12 de mayo, de denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas de ámbito territorial supraautonómico, disposición adicional 4.ª.