- cautela de garantías
- Proc.; Chile Medidas adoptadas por el juez de garantía, de oficio o a instancia de parte, en cualquier etapa del procedimiento en que aquel estimare que el imputado no está en condiciones de ejercer los derechos que le otorgan las garantías judiciales consagradas en la Constitución Política, en las leyes o en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.
Código Procesal Penal , art. 10.
Sublema de cautela