Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

causa petendi

Sublema de causa
1. Proc. Fundamento de la acción, integrado por el conjunto de hechos que, subsumidos en lo dispuesto en normas jurídicas, otorgan al actor el derecho que trata de hacer valer ante los tribunales o ante cualquier instancia administrativa.
«[...] no obstante, si la identidad de la acción no depende de la fundamentación jurídica de la pretensión, sino de la identidad de la causa petendi [causa de pedir], es decir, del conjunto de hechos esenciales para el logro de la consecuencia jurídica pretendida por la parte actora» (STS, 1.ª, de 10-X-2012, rec. 463/2010).
2. Proc. Título o justificación de la pretensión que se sostiene en un escrito procesal presentado ante un juez o tribunal, fundamentalmente con la demanda, o que constituye la razón de ser de una reclamación administrativa.
3. Can. Elemento configurador de la acción procesal que permite identificarla, pues en ella se fundamenta la acción judicial. Constituye uno de los elementos de la acción, no algo extrínseco.
La identificación de las acciones judiciales tiene una importancia decisiva para la configuración de la cosa juzgada procesal, ya que se exige que concurran dos sentencias conformes entre los mismos litigantes, sobre la misma petición y con la misma causa petendi (CIC, c. 1641, 1.º).