Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

causa de exclusión de la culpabilidad incompleta

Sublema de causa
Pen. Concurrencia de la circunstancia o situación básica pero no de la totalidad de requisitos y efectos de una eximente del artículo 20 del Código Penal que suponga una causa de exclusión de la culpabilidad.
Así sucede en las causas de inimputabilidad, o sea, la anomalía psíquica, la alteración psíquica o trastorno mental transitorio, la intoxicación por alcohol o drogas o el síndrome de abstinencia de esas sustancias y las alteraciones en la percepción desde la infancia, cuando no lleguen a anular la capacidad de comprensión o de autocontrol; y en la causa de exculpación del miedo cuando este sea importante pero superable subjetivamente. Se trata entonces de una eximente incompleta, con la atenuación especial de rebaja de pena en uno o dos grados conforme al artículo 68 . Y para el error de prohibición vencible, que materialmente también es una causa de exclusión de la culpabilidad incompleta, el artículo 14.3 prevé la misma rebaja de pena. Cuando la disminución de la culpabilidad es muy poco intensa, jurisprudencia y doctrina coinciden en apreciar solo la atenuante de arrebato, obcecación o estado pasional o la atenuante analógica. Finalmente, en las restantes causas de exculpación, supralegales o legales pero no recogidas entre las eximentes del artículo 20, su concurrencia incompleta y consiguiente disminución de culpabilidad se puede tener en cuenta mediante la atenuante analógica, en su caso considerándola muy cualificada (art. 66, 2.ª).

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