Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

caudal relicto

Civ. Conjunto de bienes, derechos, acciones y deudas que deja una persona a su fallecimiento y que constituye su herencia.
«Hay que tener en cuenta que entre las titularidades que integran el caudal relicto se encuentra la cuota que el causante casado ostentaba en la sociedad que se ha extinguido con su muerte ( art. 1392.1 C C ), de modo que como reiteradamente ha declarado la jurisprudencia de esta Sala, cuando se produce el supuesto que determina la disolución de la sociedad, se transforma en una comunidad por cuotas sobre todos y cada uno de los bienes gananciales» (STS, 1.ª, de 18-VII-2012, rec. 271/2010).