Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

casación por vicios in iudicando

Sublema de casación
Proc. Recurso mediante el que se combaten los vicios de forma consistentes en falta de claridad o determinación al exponer los hechos, o en incongruencias omisivas al no resolver todos los puntos objeto de acusación y defensa, o las incongruencias por exceso, y la existencia de un delito más grave que el que fuera objeto de acusación.
«El sistema de recursos de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil 2000 no es en absoluto coincidente con la distinción entre infracción de Ley y quebrantamiento de las formas esenciales del juicio, establecida inicialmente en la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881, no pudiendo contraerse el recurso extraordinario por infracción procesal a los vicios in procedendo y atribuir el íntegro control de los vicios in iudicando al recurso de casación, pues el ámbito jurídico material al que se circunscribe este último determina un desplazamiento de los temas de índole adjetiva hacia la esfera del otro recurso extraordinario, a través del cual incumbe controlar las cuestiones procesales, entendidas en un sentido amplio, que no se circunscribe a las que enumera el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 2000 bajo dicha denominación, sino comprensivo también de cuestiones relativas a la prueba […]» (ATS, 1.ª, 31-X-2006, rec. 1898/2002).

Referenciado desde