Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

casación en interés de ley

Sublema de casación
Adm. y Proc.; Esp. Son impugnables en casación las sentencias dictadas en única instancia por jueces de lo contencioso-administrativo o las salas de lo contencioso-administrativo de los tribunales superiores de justicia o de la Audiencia Nacional que no puedan ser recurridos en casación ordinaria o en casación para la unificación de doctrina.
LJCA, art. 100.