Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

carta de aforramiento o carta de afforramiento

Sublema de carta
1. Hist. Documento o escritura mediante la cual el dueño de un esclavo lo liberta o hace libre.
2. Fin. e Hist. Escritura o documento real de exención de tributos, haciendo libre de uno, varios o la totalidad de tributos a la persona a la que se concede.
«Cómmo deue sseer ffecha la carta quando alguno afforra ssu ssieruo. “Fforros eran los omnes de comienço naturalmente, mas por ssu mereçemiento e por ssu maldat ffueros [sic] vnos ssieruos e ffincaron los otros libres. Onde yo ffulan, asmando cómo Nuestro sennor Ihesu Christo rreçebió carne e prisso muerte por que librasse a los omnes de la sseruidunbre del diablo en que eran e les tornasse en el primer estado, e entendiendo por esta rrazón qué grant merçed era de afforrar los ssieruos e tornarlos en aquella ffranqueza que deuen sseer por derecho natural, afforo a ffulán mio ssieruo que ssea quito e fforro de aquí adelante e quantos dél desçendiren, en tal manera que yo nin omne de mio linage non lo podamos contrallar nin enbargar nin demandarle alguna cosa por rrazón de sseruidunbre; e dol poder a él e a todo ssu linage que puedan ffazer de ssí e de quanto que an e aurán de aquí adelante, assí commo todo omne libre puede ffazer de ssí e de lo ssuyo; e por que esto non venga en dubda, mandé ffazer esta carta a ffulán escriuano e ante estos testigos que escriuieron en ella ssus nonbres con ssus manos”. Enpero ssi algún derecho quissiere que ffinque en él ssenaladamiente demás de aquello que dize en el ssétimo libro en el título de los afforramientos, déuelo decir en la carta» (Espéculo, 4.12.42). «Como deue fazer la carta del aforramiento. Aforran muchas vegadas los onbres sus sieruos. E la carta del afforramiento deue ser fecha en esta guisa. Sepan quantos esta carta vieren Como Gonçalo yuañes afforro a maphomad e a su muger axa e a sus fijos fulano e fulano e a sus fijas fulana e fulana e dioles e otorgoles derecha e verdadera libertad e quitolos e librolos de su mano e de su señorio e de su poder ante mi fulano escriuano publico e los testigos que son escriptos en esta carta. Otrosi les quito el derecho del padronadgo que el podria e deue auer en ellos segund dizen las leyes deste nuestro libro que fablan en esta razon: e otorgoles que ouiessen libre e quita tal e tal cosa que ellos auian en su pegujar. E este afforramiento fizo e otorgo Gonçalo yuañes el sobre dicho desenbargadamente de manera que el sobre dicho maphomad e su muger e sus fijos: e sus fijas puedan estar en iuyzio fazer pleytos e posturas: e testamentos» (P 3, 18, 90).