Diccionario panhispánico del español jurídico

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capitulación matrimonial

Sublema de capitulación
Civ. Pacto o estipulación establecidos por los cónyuges para regular el régimen económico de su matrimonio o que establecen cualquier clase de acuerdo en relación con el mismo.
Las capitulaciones pueden llevarse a cabo antes o después del matrimonio y sustituir en cualquier momento el régimen económico del mismo. Han de consignarse en escritura pública. CC, arts. 1325-1335. En algunos países, como Chile, solo pueden pactarse con anterioridad al matrimonio o en el acto de su celebración. Código Civil, de Chile, art. 1715.

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