Adm., Amb. y Fin.Tasa por los vertidos al dominio público hidráulico, que se destina a la protección de las aguas que pueden verse afectadas por los vertidos que se autorizan.
Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20-VII, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, art. 113.