- cancelación de antecedentes penales
- Pen. y Proc. Corresponde a todo condenado el derecho de solicitar del Ministerio de Justicia la cancelación de los antecedentes delictivos que aparezcan registrados, siempre que el penado tenga satisfechas las responsabilidades civiles derivadas de la infracción y haya transcurrido un plazo determinado legalmente sin delinquir de nuevo.
Sublema de cancelación