Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

canal dedicado, seguro y protegido

Sublema de canal1
Gral.; Nic. Medio electrónico de transmisión de información cifrada entre dos extremos de forma en la que solamente estos extremos sean capaces de entenderla.
En este proceso se encripta la información para un destinatario concreto asegurando que solo él recibirá el mensaje de forma correcta. Ley n.º 976, de la Unidad de Análisis Financiero (La Gaceta, Diario Oficial, n.º 138, del 20 de julio de 2018), art. 2.