Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

caja de jubilaciones

Lab.; Arg. y Ur. Institución de carácter oficial a la que compete otorgar prestaciones de jubilación a los trabajadores que han alcanzado la edad legalmente fijada para ello y han cumplido cierto tiempo de servicios, o que han quedado inválidos para el trabajo.
Es condición indispensable para el cómputo de la jubilación, el pago de los aportes que como trabajadores autónomos les corresponda realizar. Ley Nacional 20 628, de Impuesto a las Ganancias, de Argentina, art. 23.c).