Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

caducidad en los procedimientos tributarios

Sublema de caducidad
Fin. Caducidad que se produce en los procedimientos tanto de gestión tributaria como de revisión sobre los actos de gestión, por el transcurso del plazo previsto en la ley, siendo distintos los efectos si ha sido iniciado de oficio o a instancia de parte, produciéndose, en el primer caso, la desestimación por silencio administrativo de los efectos favorables o la propia caducidad de los no favorables, y en el segundo caso, la declaración de caducidad en tres meses.
LGT, art. 103.