Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

cadáver

Civ. Cuerpo humano durante los cinco primeros años siguientes a su muerte real computados desde la fecha y hora en que figura en la inscripción de defunción en el Registro Civil. Transcurrido ese primer período, la legislación habla de restos cadavéricos.
Decreto 2263/74, de 20-VII, que aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.