Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

cabildo insular

Adm.; Esp. Órgano de gobierno y administración de cada una de las islas del archipiélago canario, expresamente mencionado en el artículo 141.4 de la Constitución Española .
En el Estatuto de Autonomía de Canarias se consideran al tiempo órganos de gobierno, administración y representación de la isla e instituciones de la Comunidad Autónoma. Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias, arts. 65.2, 3 y 4; LRBRL, art. 40.

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