Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

cabida de finca

Civ. Superficie de una finca que se debe hacer constar en su inscripción registral.
LH, art. 9.a). La modificación de la cabida de la finca, cuando es errónea, por exceso o por defecto, puede dar lugar a un expediente específico en el que se haga constar el exceso de cabida. Actualmente la superficie de la finca debe figurar en el registro de la propiedad utilizando una certificación catastral que sea descriptiva y gráfica.

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