Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

bulto

Gral. Unidad material de carga diferenciada que forman las mercancías objeto de transporte, con independencia de su volumen, dimensiones y contenido.
Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías, art. 7.

Sublemas