Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

buena vecindad

Int. púb. Principio que ordena las relaciones entre Estados limítrofes fundado tanto en la imposición de ciertos límites al ejercicio de la competencia territorial del Estado como en la cooperación amistosa entre Estados vecinos para enfrentarse a los problemas que origina la gestión de zonas fronterizas. Se articula mediante la celebración de tratados internacionales y otros acuerdos entre entidades regionales y municipales que son fuente de obligaciones muy diversas, como la prevención de la contaminación o el régimen jurídico de los trabajadores transfronterizos.
Convenio Marco europeo sobre cooperación transfronteriza entre comunidades o autoridades territoriales, de 1980, y protocolos adicionales.

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