Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

buen estado ambiental del medio marino

Amb. Estado en el que océanos y mares son ecológicamente diversos y dinámicos, limpios, sanos y productivos en el contexto de sus condiciones intrínsecas, y en el que la utilización del medio marino sea sostenible, quedando así protegido su potencial de usos, actividades y recursos por parte de las generaciones actuales y futuras.
Ley 41/2010, de 29-XII, de Protección del Medio Marino, art. 9.

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