- bono de disfrute
- Merc. Título que, en determinados casos, entrega una sociedad anónima a los titulares de acciones amortizadas con el fin de que continúen participando en los beneficios de la sociedad.Ha sustituido a la antes llamada acción de disfrute. El titular del bono no participa en el capital de la sociedad, por lo que carece de derecho de voto. Persigue corregir o mitigar las posibles disfunciones que se produzcan como consecuencia de la amortización de acciones compensando, por ejemplo, la diferencia entre el valor real de la acción amortizada y el reembolso del valor nominal a su titular.
LSC, art. 341.
Sublema de bono1