Diccionario panhispánico del español jurídico

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blasfemia

Can. Expresión injuriosa contra Dios (de modo mediato o inmediato) que por su publicidad puede ser constitutiva de un delito canónico.
El delito de blasfemia está tipificado en el Codex Iuris Canonici, c. 1369: «Quien, en un espectáculo o reunión públicos, en un escrito divulgado, o de cualquier otro modo por los medios de comunicación social, profiere una blasfemia, atenta gravemente contra las buenas costumbres, injuria la religión o la Iglesia o suscita odio o desprecio contra ellas debe ser castigado con una pena justa».