Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

biogénico, ca

Amb. Relativo a los seres vivos. Se aplica especialmente a la capacidad de cierto recurso, usualmente el agua, para facilitar la vida, o a una fuente de contaminación cuando no es antropogénica.
Ley 6/2006, de 12-IV, Balear de Caza y Pesca Fluvial, art. 102; Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León; Ley de Castilla-La Mancha 1/1992, de 7-V, de Pesca Fluvial; Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.