Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

bien relativamente colacionable

Sublema de bien
Civ. Denominación que comprende cada uno de los bienes dejados en testamento, cuando el testador así lo disponga o perjudiquen las legítimas, y los gastos que el padre hubiere hecho para dar a sus hijos una carrera profesional o artística en los casos excepcionales en que el padre disponga que se colacionen o de que perjudiquen la legítima de los demás; pero aún, en estos casos, en que procede colacionarlos, se ha de rebajar de ellos lo que el hijo habría gastado viviendo en casa y en compañía de sus padres.
CC, arts. 1037 y 1042.