- bien dotal
- 1. Civ. Bien que, aun siendo propiedad de la mujer al contraer matrimonio, administraba el marido para aplicar el rendimiento al pago de los gastos o cargas del matrimonio. Una vez disuelto el matrimonio se devolvía a la mujer o sus herederos. Esta categoría ya ha sido extinguida en el derecho español.2. Hist. Bien que la mujer u otra persona por ella da al marido en razón del casamiento con el fin de ayudar a sostener las cargas matrimoniales.
Sublema de bien