- bien de la Unión
- Adm. y Civ.; Col. Bien cuyo dominio pertenece a la República.
Código Civil, art. 674 . Si el uso no pertenece generalmente a todos los ciudadanos se denominan bien de la Unión o bien fiscal y si el uso pertenece generalmente a todos se denominan bien de la Unión de uso público o bien públicos del territorio.
Sublema de bien