Diccionario panhispánico del español jurídico

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Biblioteca Nacional de España

Adm.; Esp. Centro depositario del patrimonio bibliográfico y documental español que se produce en cualquier tipo de soporte o medio con la misión de reunir, catalogar, conservar, incrementar, gestionar, difundir y transmitir el patrimonio bibliográfico y documental español y sobre España publicado en el extranjero, como fuente de conocimiento para toda la sociedad española e internacional, garantizando su integridad y facilitando el acceso al mismo a toda la ciudadanía y a las generaciones futuras.
Ley 1/2015, de 24 de marzo, art. 1. Fue fundada por Felipe V a finales de 1711 y abrió sus puertas y empezó a funcionar en marzo de 1712 como Real Biblioteca Pública. Un privilegio real obligó a todos los impresores el depósito de un ejemplar de los libros impresos en España en la Biblioteca. Desde 1836 la Biblioteca dejó de ser propiedad de la Corona y pasó a depender del Ministerio de la Gobernación. Su estatuto actual fue aprobado por RD 1638/2009, de 30 de octubre -actualmente, Real Decreto 640/2016, de 9 de diciembre- que la denomina Biblioteca Nacional de España. Su naturaleza es de organismo autónomo del Estado.