Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

bebida espirituosa

Adm. y Eur. Bebida alcohólica destinada al consumo humano y con un grado alcohólico mínimo de 15 % vol., obtenida bien directamente de la destilación, maceración o adición de azúcares a las materias primas agrícolas, bien por mezcla de una bebida espirituosa con otras bebidas espirituosas o alcohólicas, y que está sujeta a una normativa específica en lo que respecta a su elaboración y comercialización.
Reglamento (CE) 110/2008, de 15 de enero; Real Decreto 164/2014, de 14 de marzo, sobre definición, designación, presentación, etiquetado y protección de la indicación geográfica de bebidas espirituosas.