Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

barrera electoral

Const. Tanto por ciento mínimo de votos que debe obtener una fuerza política para participar en el reparto de escaños. Para el Congreso de los Diputados, el 3 % de los válidamente emitidos.
«No puede estimarse, pues, como se ha dicho, que la aplicación de la barrera del 3 % de los votos válidamente emitidos suponga vulneración del artículo 23 CE» (STC 265/1993, de 26 de julio). «La reforma del Estatuto de la Comunidad Valenciana […] mantiene la barrera electoral del 5 %» (El País, 20 de septiembre de 2005).

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