barca de paso Adm. Embarcación pequeña para atravesar los ríos.A través de ella se lleva a cabo un uso común especial de las aguas sujeto a declaración responsable. TRLA, art. 51.1 ; RDPH, art. 69.ArgentinaLey 25688, sobre Régimen de Gestión Ambiental de Aguas, promulgada el 30-XII-2002ChileDecreto con fuerza de ley 2.122, por el que se fija el texto del Código de Aguas, promulgado el 13-VIII-1981ColombiaDecreto 2811 de 1974, por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.Costa RicaLey 276, de 27-VIII-1942, de Aguas, de Costa RicaMéxicoLey de Aguas Nacionales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1-XII-1992declaración responsable en usos comunes especiales de las aguasReferenciado desdedeclaración responsable en usos comunes especiales de las aguas, embarcaciónbarbitúricobarcaje