Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

banco pantalla

Sublema de banco1
Merc. Entidad de crédito o similar que haya sido constituida en un país en el que no ejerce realmente una verdadera gestión y dirección de las actividades, y que además no sea filial de un grupo financiero regulado.
Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, y por la que se modifica el Reglamento (UE) n.º 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, y se derogan la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 2006/70/CE de la Comisión.