Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

banco emisor

Sublema de banco1
1. Merc. Banco autorizado para emitir billetes, generalmente de manera exclusiva.
Es una facultad típica de los bancos centrales.
2. Merc. Banco que, en las transacciones internacionales, emite un crédito documentario, transferencia o cheque.
«Se caracteriza por ser un convenio (el crédito documentario) por virtud del cual el banco emisor, obrando por la solicitud de su cliente, como ordenante del crédito, se obliga a hacer un pago a un tercero beneficiario, o a autorizar otro banco para que efectúe tal pago, pero siempre contra la entrega de los documentos exigidos, y cumpliendo rigurosamente los términos y condiciones de crédito» (STS, 1.ª, 19-III-2013, rec. 1274/2010).