Diccionario panhispánico del español jurídico

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bajo fianza

Proc. Dicho de la libertad provisional que acuerda el juez: Que solo se hace efectiva previa consignación de la suma de dinero indicada en el auto, con la que se garantiza la puesta a disposición judicial del imputado.
«No solo no se daban los presupuestos formales para decretar la libertad bajo fianza, sino que además, la suma impuesta resultaba verdaderamente desproporcionada para contrarrestar un peligro que el mismo Juez declaraba inexistente» (STC, Pleno, 18-XII-2003, rec. 4455/1999).