Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

avenida

Adm. Aumento inusual del caudal de agua en un cauce que puede producir desbordamientos e inundaciones.
Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación (BOE n.º 171, de 15 de julio de 2010), art. 3.a). Los organismos de cuenca disponen de datos sobre avenidas que comunican a las entidades competentes en ordenación del territorio y urbanismo. El ordenamiento jurídico califica como obras hidráulicas las que se realizan para evitar los daños causados por las avenidas. TRLA, arts. 11 y 122.

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