- aval a primer requerimiento
- Merc. Contrato por el que una parte, que normalmente es una entidad de crédito, se compromete a pagar una garantía a un tercero a requerimiento de este. Basta la simple reclamación del beneficiario, llevada a cabo conforme a los términos establecidos en el contrato, sin que el beneficiario haya de acreditar el incumplimiento del negocio jurídico subyacente.Reglas uniformes relativas a las garantías a primer requerimiento, aprobadas por la Cámara de Comercio Internacional de 1991; Convención sobre garantías independientes y cartas de créditos contingentes, aprobadas en 1995 por la UNCITRAL.
Sublema de aval